Los Derechos Imposibles

LECCIONES CONSTITUCIONALES

MARCO ANTONIO BAÑOS AVENDAÑO

“LOS DERECHOS IMPOSIBLES”

 

El tema de los “Derechos Imposibles”, fue escrita por Bridart Campos, en su obra denominada “Las obligaciones en el Derecho Constitucional”, denota los Derechos humanos positivizados en la norma jurídica pero carentes de vigencia.

 

Señala: “…La referencia a derechos imposiblesnecesariamente nos lleva a presuponer que el Estado tiene la obligación de cumplir y hacer cumplir los derechos que normativamente han sido establecidos, es decir, tornarlos posibles…”

 

El derecho a la felicidad humana es uno de ellos, a lo que dispone el artículo 123 Constitucional: “…Toda persona tiene derecho al trabajo digno y socialmente útil; al efecto, se promoverán la creación de empleos y la organización social de trabajo, conforme a la ley…”

 

En la actualidad surgen unas preguntas inquietantes ¿Es un derecho imposible el acceder a trabajos dignos? ¿Qué es lo socialmente útil?, ¿El Estado cumple realmente con la promoción de la creación de empleos y la organización social de trabajo, conforme a la ley? Es un derecho imposible, pero existe en la realidad jurídica, no social todavía, nuestra realidad constitucional refleja un estado de felicidad pero en la realidad esto no existe.

 

Si los Derechos Imposibles son económicos, sociales y culturales, también lo son los políticos electorales, es decir, los derechos de las mujeres que no tienen derecho al voto en los Municipios de Sistemas Normativos internos.

 

Existen muchos casos, bajo esta óptica de “Derechos Imposibles”, el derecho a una Justicia “Pronta y Expedita”,  el Derecho a disfrutar de “…Los salarios mínimos generales deberán ser suficientes para satisfacer las necesidades normales de un jefe de familia, en el orden material, social y cultural, y para proveer a la educación obligatoria de los hijos. Los salarios mínimos profesionales se fijarán considerando, además, las condiciones de las distintas actividades económicas…”. Son realmente “Derechos Imposibles”.

 

De lo anterior, podemos afirmar que “Los Derechos Sociales son Derechos Imposibles”, los Jueces se enfrentan a la aplicación de las normas demasiado subjetivas, no aterrizan la positividad de la esencia de la norma constitucional, mucho menos la de la norma internacional a los casos concretos.

 

El hecho de que se necesita extinguir las Juntas de conciliación y Arbitraje, por hacer juicios Imposibles de resolverse, por muchos años, de los que los expedientes son sumamente complicados, o bien, el trato no es amable o correcto al trabajador o quien recurra a la Justicia por ser elitista, lo hacen ser un “Derecho Imposible”. 

Los altos costos de los Juicios existentes hacen que sea un “Derecho Imposible” para quienes necesitan Justicia.

 

El retardo o mora en la Justicia, es un “Derecho Imposible” para los justiciables o las víctimas.

 

La Interpretación Judicial se enfrenta a los casos más peligrosos de hacer el “Derecho Posible”, como examinar correctamente los casos de corrupción existentes en todo el país.

 

El “Derecho Imposible” también se refleja en la falta de aplicación de castigos y sanciones a quienes han robado al pueblo mexicano, a la falta de información al público que merece saber la verdad de las miles de corruptelas existentes y encubiertas hasta ahora, por tanto, hacer de las normas penales en materia de corrupción, enriquecimiento ilícito, normas inaplicables, archivando expedientes u otorgandoperdón a quien no lo merece, es hacer “Derecho Imposible”, al margen de los contenidos de los Códigos y Leyes vigentes.

 

El “Derecho imposible” violenta la Constitución, por ser inaplicable, imposible de aplicar a los casos concretos, se pueden realizar actos antidemocráticos por hacer de este derecho, una omisión en la aplicación de normas que rigurosamente debieron aplicarse a casos concretos.

 

No todo se puede recargar en los Jueces, este “Derecho Imposible” es también una ilusión normativa, de principios, como los de nuestra Constitución Política de los Estados unidos Mexicanos,  que refleja principios elevadísimos que en muchos Estados de la República no se respetan ni se aplican.

 

Tenemos muchas figuras jurídicas en construcción, apenas existen mecanismos de defensa de los derechos humanos, hace falta sistematización, concordar los Derechos Humanos con los Internacionales, convencionales y hace falta aterrizar las normas a los casos concretos en la práctica jurídica diaria.

 

Por citar un ejemplo, que en la práctica son un “Derecho Imposible” de alcanzar: La Justicia Social, La Soberanía Alimentaria, El Salario Digno, El Derecho Gratuito a la Educación en todos sus tipos y grados, El Derecho Gratuito a la Salud, La Información Reservada, La Condonación, Cancelación o Exterminio de los Impuestos, La Supresión de Altas Dietas a Legisladores, (En este Gobierno ya se redujo salarialmente al Poder judicial),etc.

 

El “Derecho Imposible” tiene muchas aristas, necesitamos reingeniería jurídica en nuestra Constitución Mexicana, el recurrir al Derecho Comparado, al éxito de otras naciones en materia energética, social, cultural, económica, solamente da resultados que expresan nuestra falta de crecimiento en muchos ordenes de la vida.

 

Para otorgar efectividad a la Constitución Federal, la gran responsabilidad del Poder Legislativo es desarrollar con técnica jurídica, en todas las materias,una positividad que sea efectiva, que no se simule el derecho, ni su aplicación, que se beneficie al gran colectivo humano que necesita mejores condiciones de Salud, de Educación, de Desarrollo Humano, de Atención Social, de Información, de Democracia, por lo que los “Derechos Imposibles” seguirán dominando en el actual discurso gubernamental, como un “arte de gobernar” , en tanto no existan leyes aplicables, normas concretas a cada situación en nuestro México, en donde necesitamos más que discursos, leyes justas para la realidad en que vivimos.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *