4ª Transformación: ¿Prevaricato, Juicio Político inútil y suspensiones de amparo concedidas al Poder Judicial?

LECCIONES CONSTITUCIONALES

MARCO ANTONIO BAÑOS AVENDAÑO

4ª Transformación: ¿PREVARICATO, JUICIO POLÍTICO INÚTIL Y SUSPENSIONES DE AMPARO CONCEDIDAS AL PODER JUDICIAL?

La prevaricación, o prevaricato, es un delito que consiste en que una autoridad, juez u otro servidor público dicta una resolución arbitraria en un asunto administrativo o judicial a sabiendas de que dicha resolución es injusta y contraria a la ley. Es comparable al incumplimiento de los deberes del servidor público.

 

Existe una Tesis Aislada. Época: Quinta Época, Registro: 315002, Instancia: Primera Sala, Fuente: Semanario Judicial de la Federación, Tomo XXVII, Materia(s): Penal Tesis: Página: 1187. PREVARICATO. Los elementos constitutivos del delito de prevaricatoson: la tramitación de un negocio contencioso y los actos del prevaricador, que patrocine, aconseje, dirija o ayude, simultánea o sucesivamente, a las demás partes en ese negocio; por lo anterior, se llega a la conclusión de que el delito de prevaricatosólo existe cuando el abogado, simultánea o sucesivamente, aconseja, dirige o ayuda a los demás contendientes en un mismo negocio, o cuando, después de haberse encargado de la defensa de uno de ellos y de imponerse del contenido de sus pruebas, patrocina, dirige, aconseja o ayuda al otro; en consecuencia, los elementos indispensables en el delito de prevaricato, son la existencia de un negocio contencioso y los actos ya enunciados del prevaricador; mas si estos actos existen en negocio no contencioso, no puede tenerse por comprobado el cuerpo del delito de prevaricato. Amparo penal directo 2566/28. Serralde Abelardo. 22 de octubre de 1929. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Enrique Osorno Aguilar. La publicación no menciona el nombre del ponente.

 

Ahora bien si la Suprema Corte de Justicia de la Nación, con sus Ministros, Consejeros, Magistrados y Jueces Federales, el Consejo de la Judicatura Federal, se han amparado contra el contenido de la Ley de remuneraciones, son Juez y parte al recurrir a la protección de Salarios que el Sr. Presidente de la República desea cambiar para bien del país.

Existen argumentos que existe impedimento de que el Presidente de la Corte y hasta el último de los jueces Federales, se encuentran, IMPEDIDOS a conocer de los juicios de amparo que infinidad de funcionarios judiciales han promovido contra la Ley de remuneraciones, porque existe un notorio conflicto de intereses, al ser estos quejosos miembros del Poder Judicial de la Federación y no pueden ser Juez y parte.

La Imparcialidad se rompe, se vulnera, se destruye,  Si un Juez se concede a sí mismo la Justicia es Inconstitucional, Ilegal e inmoral, si Un Juez concede Justicia y Ampara y Protege a otro juez conocido, amigo, compadre, existe ya la parcialidad, desde luego, por existir relaciones de familiaridad se da igual el Nepotismo.

El Poder Judicial debe reformarse, la Justicia debe ser imparcial no debe incurrir en la deshonestidad un Poder que solamente  Ampare y Proteja a sus intereses de poder. El pueblo está muy atento a lo que sucede en esta Cuarta Transformación.

Al menos en Oaxaca no ha existido NUNCA un Juicio Político contra Magistrados o Jueces, como señala nuestra  Constitución Federal,  ya que dispone de un procedimiento que se llama juicio político y que se encuentra reglamentado en los artículos 74, 76, 109 y 110 y que nos remite al procedimiento previsto en la Constitución Oaxaqueña llegándose a archivar los asuntos por falta de competencias efectivas para sancionar.

La Justicia no puede ser simulada, todas las suspensiones provisionales, debieron analizarse a la luz de la Amparo contra Leyes, no de particulares que como “Jueces” que no tienen el carácter de “quejosos”, puesto que dicho ordenamiento no se refiere a ellos, y no tienen interés legítimo porque no han sufrido un agravio personal y directo. 

EL Dr. Carlos Macedo refiere: “Al reprochar que la Suprema Corte suspendiera la nueva Ley Federal de Remuneraciones, Andrés Manuel López Obrador volvió a atribuir a los ministros ganar más del doble de lo que perciben: «Si ellos resuelven que van a seguir recibiendo sueldos exagerados, estratosféricos, de hasta 600 mil pesos mensuales, están dando un mal ejemplo», dijo, y los acusó de ser «deshonestos e insensibles». Lo cierto es que cobran 269 mil.

«No están entendiendo la nueva realidad y se olvidan de Juárez. Deberían quitar el retrato del presidente Juárez de la Suprema Corte de Justicia. Juárez decía que el funcionario tenía que aprender a vivir en la justa medianía. Entonces, ¿para qué tienen a Juárez ahí…?”, descargó.

La encomiable máxima del benemérito sugiere la media entre opulencia y pobreza (no confundir con mediocridad: lo que tiene poco valor, calidad o inteligencia).

Para lo que se perfila como una colosal confrontación entre los poderes Ejecutivo y Judicial conviene leer el oportuno ensayo ¿Absolutismo constitucional? (más de 148 mil caracteres) que acaba de publicar el ministro en retiro Salvador Aguirre Anguiano, a propósito del debate de la regulación de las remuneraciones y pensiones de los servidores públicos federales, y en especial por el capítulo dedicado a los ingresos de Benito Juárez como presidente de México, basados en la fijación (13 de septiembre de 1824) del salario para ese cargo en el México independiente: 36 mil pesos anuales.

Según el estudio, Juárez emitió el Decreto 5296 del 6 de abril de 1861 reduciendo su asignación a 30 mil pesos al año (dos mil 500 mensuales), efectiva inclusive durante la intervención francesa; la confirmó él mismo al restaurarse la República y fue su salario hasta su muerte (18 de julio de 1872).

La división de poderes está siendo fracturada y la anulación de los órganos Constitucionalmente autónomos esta al descubierto, la recomposición del tejido gubernamental ha iniciado en el Poder Judicial. 

Sin embargo, fueron precisamente los altos salarios de Jueces, Magistrados, Consejeros  y Ministros, lo que los convirtió en el blanco perfecto de la sociedad civil, Ministros ganando $8,775,000 anualmente, Consejeros con salario anual de $6,075,000, por decir algunos, de los que son considerados, correctamente los más altos sueldos del país.

Pero, no sólo son los altos salarios, es también el nepotismo que cobró su máxima expresión con el Ministro Presidente Luis María, hombre que perteneció desde sus inicios, allá por  la década de los 60 a la vieja guardia, esa que determinaba por amiguismo y nepotismo los cargos de Jueces y Magistrados. 

El padre del actúa presidente también de nombre Luis María, fue litigante y secretario de la primera sala; posteriormente para pegarle al presupuesto fue aviador con nombramiento de actuario. Y,  así llegó a la Presidencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, al que sin temor a equivocarme, es el peor Presidente en muchos años, con él regresaron remasterizadas  las viejas mañas de sólo dar trabajo a los recomendados, sobre todo sí son hijos de Jueces  Magistrados y Ministros.

Así, para hacerles lugar a todos los recomendados,  el Consejo de la Judicatura Federal emitió un Acuerdo interno en el año 2015, que se le conoce como el artículo 51 bis, a través, del cual se despide a trabajadores del PJF sin mediar procedimiento administrativo, sólo con que los Jueces y Magistrados levanten su dedito, miles de trabajadores con años laborando e incluso a punto de jubilación han sido despedidos, para dejar espacio como dicen los medios de comunicación a las amantes, parientes, amigos y conocidos.

Ahora, se ha confirmado que se está realizando una jubilación masiva, ante el temor de perder sus beneficios como la Casta Dorada,  192 titulares han decidido jubilarse, es un hecho inédito, que pone de manifiesto el hundimiento del mayor barco judicial.

Así debería de ser en infinidad de casos, por el contrario sucede que niegan suspensiones y amparos contraviniendo la Ley la Lógica y el sentido común, cuando se niegan a conocer de un amparo con absurdos argumentos y acuerdos generales de la Judicatura, mandándolos a centros auxiliares inaccesibles para la mayoría de personas, lo que resulta una arbitrariedad y una violación a la Constitución. Hay casos aislados de despidos por intereses como el caso del Magistrado Salvador Sánchez y otros que han sido injustos.

La Toga de la Justicia la tienen los juzgadores, y solamente ellos y nadie más son los que saben de la aplicación de la norma y saben de leyes, aunque se dicten justicia a modo, como un traje hecho a mano, existen otros poderes como el Legislativo, con la Cámara de Diputados que los acuse ante la Cámara de Senadores  de los delitos cometidos en forma flagrante, los ajustes al Poder Judicial son necesarios, en una sociedad tan llena de inequidades salariales, tan falta de respuestas justas ante los gobiernos que han sido inequitativos y tan falta de respeto al derecho salarial que no tienen miles de justiciables que representan al gran pueblo mexicano y que hoy confían en la Cuarta Transformación del País bajo la sombra de Juárez en favor del pueblo.

 

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